El INAH no apoya al Consejo Negro y demandará a Max ¿Cuáles son las repercusiones por el uso de la imagen de un Monumento Histórico?

Publicado el 11 de junio de 2024, 10:56

Por: Miguel Angelino

Esta semana la empezamos con la sorpresa de unas banderas del Consejo negro  colocadas en el Castillo de Chapultepec como parte de la campaña de publicidad por la segunda temporada de House of the Dragon. En unas fotos y videos que se veían muy reales del histórico castillo de nuestro país como parte del mundo de Westeros. Pero por la tarde del mismo lunes nos enteramos que las imágenes fueron generadas en un video con IA, pero además el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), no aprobó que se realizara esa publicidad, por lo que procederá con acciones legales contra el servicio de Streaming Max por uso indebido de la imagen de un monumento histórico. Sí te preguntas en qué consiste esta regulación y cuáles son las consecuencias legales por este tipo de publicidad que realizó más en esta nota te explicamos los detalles. 

En la publicación que hizo Max del Video en cuestión se leía, “El castillo de Chapultepec, en México fue reclamado por su reina Rhaenyra Targaryen y el consejo negro. Es momento de elegir tu bando”. Pero más tarde la cuenta oficial del INAH respondió con el siguiente comunicado:

“Se informa que las imágenes son falsas, puesto que en ningún momento se han colocado banderas, pendones ni ningún otro material publicitario relativo a dicha producción sobre este inmueble, y tampoco se ha autorizado la reproducción de imágenes de este espacio para la promoción de la serie en comento. Lo que se aprecia en redes sociales fue generado a través de programas de edición de imagen o inteligencia artificial. Por esta razón, la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos del INAH llevará a cabo las medidas legales conducentes, debido a que se trata de un uso indebido de imágenes de un monumento histórico”.

En México el uso de imagen de un monumento histórico está regulado principalmente por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, donde se establece que quien se encarga de dar autorización del uso de monumentos históricos y arqueológicos es el INAH, mientras que en el caso de los monumentos artísticos quien los regula y protege es el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA).

En cualquier uso de la imagen de un monumento con el propósito de obtener beneficios económicos y comerciales se necesita una autorización previa. Mientras que para fines educativos, culturales o informativos, la legislación permite un uso más flexible, pero aún se recomienda verificar la posibilidad de un permiso.

Cabe mencionar que se entiende “Un uso indebido” cuando: 

  • Es publicidad sin autorización que utilice imágenes de pirámides, iglesias, edificios históricos, etc.
  • Comercialización de productos (como ropa o souvenirs) que incluyen imágenes de monumentos históricos sin permiso.
  • Producción de películas, series o documentales que utilicen monumentos históricos como escenario sin la autorización correspondiente.

En cuanto a las consecuencias de realiza un uso indebido de estas imagenes, las Sanciones Administrativas son impuestas por el INAH, y las multas pueden variar dependiendo de varios factores, incluyendo la gravedad de la infracción, la extensión del uso no autorizado, y la valoración de los daños causados. 

Multas y Sanciones

  • Multas: Las multas pueden oscilar entre 50 y 1000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La UMA es una referencia económica en pesos mexicanos que se utiliza para determinar el monto de las multas y otras obligaciones.
  • Suspensión de Actividades: Además de las multas, las autoridades pueden ordenar la suspensión de la actividad que utiliza indebidamente la imagen del monumento.
  • Indemnización: Se puede exigir una indemnización por los daños y perjuicios causados al patrimonio cultural.

Cálculo de la UMA (Unidad de Medida y Actualización)

La UMA se actualiza anualmente y su valor puede consultarse en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Para 2024, la UMA está valorada aproximadamente en $103.74 MXN diarios. Por lo tanto, las multas pueden ser calculadas de la siguiente manera:

  • Mínimo: 50 UMAs x $103.74 MXN = $5,187 MXN
  • Máximo: 1000 UMAs x $103.74 MXN = $103,740 MXN

En el caso específico de Max con House of The dragon, está realizando un uso indebido por Modificación o alteración de la imagen del monumento (El Castillo de Chapultepec) sin autorización, y lo más probable es que además de pagar hacer el pago de la multa, la INAH exija retirar el video. Lo cual hasta ahora no ha pasado, pues el video sigue en sus redes. Por lo que tal vez puede llegar a pagar el precio para conseguir el permiso del corto video d no más de 15 segundos.. 

Procedimiento para Obtener Autorización

Para evitar el uso indebido, se debe seguir un procedimiento establecido por el INAH o INBAL, que generalmente incluye:

  1. Solicitud Formal:
    • Presentar una solicitud formal detallando el propósito y el uso propuesto de la imagen del monumento.
  2. Revisión y Aprobación:
    • La autoridad correspondiente revisa la solicitud y determina si se concede la autorización, estableciendo condiciones específicas para el uso de la imagen.
  3. Pago de Derechos:
    • En algunos casos, puede requerirse el pago de derechos o tarifas administrativas por el uso de la imagen.

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